Rectificación al Reglamento (CEE) n 2066/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, que modifica el Reglamento (CEE) n 805/68 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de bovino, y que deroga el Reglamento (CEE) n 468/87 por el que se establecen las normas generales del régimen de prima especial en favor de los productores de carne de bovino y el Reglamento (CEE) n 1357/80 por el que se establece un régimen de prima para el mantenimiento del censo de vacas que amamanten a sus crías (DO n L 215 de 30.7.1992)
2066/92 • 31992R2066R(02)
Legal Acts - Regulations
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Rectificación al Reglamento (CEE) n 2066/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, que modifica el Reglamento (CEE) n 805/68 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de bovino, y que deroga el Reglamento (CEE) n 468/87 por el que se establecen las normas generales del régimen de prima especial en favor de los productores de carne de bovino y el Reglamento (CEE) n 1357/80 por el que se establece un régimen de prima para el mantenimiento del censo de vacas que amamanten a sus crías (DO n L 215 de 30.7.1992) Diario Oficial n° L 215 de 20/08/1994 p. 0032 - 0032
Rectificación al Reglamento (CEE) n° 2066/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, que modifica el Reglamento (CEE) n° 805/68 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de bovino, y que deroga el Reglamento (CEE) n° 468/87 por el que se establecen las normas generales del régimen de prima especial en favor de los productores de carne de bovino y el Reglamento (CEE) n° 1357/80 por el que se establece un régimen de prima para el mantenimiento del censo de vacas que amamanten a sus crías (Diario Oficial de las Comunidades Europeas n° L 215 de 30 de julio de 1992) En la página 53, artículo 4 septies, apartado 1, párrafo primero: en lugar de: « . . . de conformidad con lo dispuesto en la letra a) del apartado 2 del artículo 4 quater. », léase: « . . . de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 4 sexies. ».
Rectificación al Reglamento (CEE) n° 2066/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, que modifica el Reglamento (CEE) n° 805/68 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de bovino, y que deroga el Reglamento (CEE) n° 468/87 por el que se establecen las normas generales del régimen de prima especial en favor de los productores de carne de bovino y el Reglamento (CEE) n° 1357/80 por el que se establece un régimen de prima para el mantenimiento del censo de vacas que amamanten a sus crías (Diario Oficial de las Comunidades Europeas n° L 215 de 30 de julio de 1992)
En la página 53, artículo 4 septies, apartado 1, párrafo primero:
en lugar de: « . . . de conformidad con lo dispuesto en la letra a) del apartado 2 del artículo 4 quater. »,
léase: « . . . de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 4 sexies. ».